27 mayo 2015

Calendario escolar 2015-2016

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2015, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el calendario escolar del curso 2015/2016 correspondiente a las enseñanzas de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón. En virtud de lo establecido en la Disposición Adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, redactada por el apartado noventa y dos del artículo único de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, habiéndose convocado Mesa Sectorial de Educación con fecha 9 de marzo de 2015 en cuyo orden del día se trató la propuesta de calendario escolar para el próximo curso y visto el informe del Consejo Escolar de Aragón de 21 de abril de 2015. Con objeto de que los centros educativos que imparten enseñanzas de niveles no universitarios puedan realizar una mejor planificación y organización de su funcionamiento para el curso 2015/2016, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 17 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:
    Primero.— Establecer mediante la presente resolución el Calendario Escolar correspondiente al curso 2015- 2016.

   Segundo.— El calendario escolar del curso 2015-16, que se determina en los apartados siguientes, será de aplicación en todos los centros educativos que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Aragón. Los centros educativos podrán realizar modificaciones al calendario escolar mediante aprobación expresa del Director del Centro, a propuesta motivada del Consejo Escolar u órgano competente del centro, que deberá comunicarlo al Director del Servicio Provincial correspondiente al menos con un mes de antelación a la fecha que se pretenda modificar. El comienzo y final de las actividades docentes se determina a través de las correspondientes Órdenes de organización y funcionamiento, así como de las Instrucciones para el inicio de curso que elabore la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

   Tercero.— Las actividades lectivas no podrán iniciarse antes del 10 de septiembre de 2015 ni finalizarán más tarde del 23 de junio de 2016. Salvo modificación del calendario conforme al apartado segundo, las actividades lectivas se iniciarán y finalizarán, en función de las enseñanzas cursadas, de acuerdo con lo dispuesto en los siguientes puntos:
  1. En segundo ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Especial se iniciarán el día 10 de septiembre de 2015 y finalizarán el día 21 de junio de 2016. En las mismas fechas, se iniciarán y finalizarán las actividades lectivas de primero y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria en los centros de Educación Primaria y Colegios Rurales Agrupados.
  2. En Educación Secundaria Obligatoria -incluidas las enseñanzas para personas adultasy Formación Profesional Básica se iniciarán el día 14 de septiembre de 2015 y finalizarán el día 23 de junio de 2016.
  3. En Bachillerato se iniciarán el día 17 de septiembre de 2015 y finalizarán el día 23 de junio de 2016.
  4. En las enseñanzas de grado medio y grado superior de Formación Profesional y en las enseñanzas Deportivas y de Artes Plásticas y Diseño, se iniciarán el día 21 de septiembre de 2015 y finalizarán el día 17 de junio de 2016.
  5. En las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza se iniciarán el día 21 de septiembre de 2015 y finalizarán el 17 de junio de 2016.
  6. En las enseñanzas de Idiomas se iniciarán el día 5 de octubre de 2015 y finalizarán el 17 de junio de 2016.
  7. En los Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas se iniciarán el día 17 de septiembre de 2015 y finalizarán el día 17 de junio de 2016.

Cuarto.— Los períodos de vacaciones escolares del curso 2015-16 abarcarán los siguientes días: - Vacaciones de Navidad: Desde la finalización de las actividades lectivas de la mañana del día 23 de diciembre de 2015 al día 7 de enero de 2016 incluido. - Vacaciones de Semana Santa: Desde finalización de las actividades lectivas de la mañana del día 23 de marzo hasta el día 3 de abril de 2016 incluido.

Quinto.— Tendrán la consideración de festivos, a efectos del calendario lectivo escolar: - El día 12 de octubre de 2015. Fiesta nacional. - El día 2 de noviembre de 2015 (en sustitución del día 1 de noviembre, festividad Todos los Santos). - Los días 7 (en sustitución del día 6 de diciembre, día de la Constitución) y 8 de diciembre de 2015 (Día de la Inmaculada). - El día 2 de mayo de 2016 (en sustitución del día 1 de mayo, día de los Trabajadores).

 Sexto.— Asimismo, se considerarán días no lectivos durante el curso 2015-16:
En Huesca, Teruel y Zaragoza, el día 8 de enero y el día 22 de abril de 2016. -
2 días determinados por cada Servicio Provincial:
- En Huesca, los días 18 y 19 de febrero de 2016.
- En Teruel, los días 18 y 19 de febrero de 2016.
 - En Zaragoza, el día 13 de octubre de 2015 y el día 4 de marzo de 2016.
 - 2 días, como festividades locales incluidas en el calendario laboral de cada localidad, cuyas fechas el Ayuntamiento comunicará al Servicio Provincial antes del 1 de octubre de 2015. En el supuesto de que alguna de estas festividades locales correspondiese a días no lectivos del calendario escolar, el Ayuntamiento, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, señalará el día o días lectivos que los sustituyan. Si, finalizado dicho plazo, el Ayuntamiento no ha comunicado las fechas, el Servicio Provincial determinará el día o días lectivos correspondientes con objeto de homogeneizar el calendario escolar. Esta decisión será comunicada y puesta en conocimiento de los centros antes del día 31 de octubre de 2015.
- Asimismo, el Ayuntamiento de una localidad, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, podrá sustituir los dos días determinados por cada Servicio Provincial a fin de ampliar los días de las festividades locales o celebrar otras que por tradición le sean propias. Las fechas serán comunicadas al Servicio Provincial en el plazo indicado anteriormente.

 Séptimo.— El “Día de la Educación en Aragón” tendrá carácter lectivo y se celebrará el día 27 de mayo de 2016.

 Octavo.— El calendario escolar comprenderá como mínimo los siguientes días lectivos para el curso 2015-2016:
a) 175 días lectivos en segundo ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria, en Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.
 b) 172 días lectivos en Bachillerato
. c) 166 días lectivos en las enseñanzas de Formación Profesional y en las enseñanzas Deportivas y de Artes Plásticas y Diseño.
 d) 166 días lectivos en las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza.
 e) 156 días en las enseñanzas de Idiomas.
 f) En las Enseñanzas Artísticas Superiores, el cómputo del período lectivo se realiza en función de los créditos correspondientes a cursar conforme establece su regulación específica.
 g) En caso de que el calendario laboral de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2016 introduzca días festivos que modifiquen el cómputo anual de los días lectivos recogidos en el presente calendario, se prolongará la duración del curso escolar en las enseñanzas afectadas de modo que se mantenga el mismo cómputo de días lectivos.

Noveno.— 1. Los días lectivos del mes de septiembre de 2015 hasta el 18, incluido éste, así como los días 30 y 31 de mayo y todos los días lectivos del mes de junio de 2016, los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada de mañana, conforme a lo expuesto en los siguientes puntos:
  a) En segundo ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Especial, la jornada tendrá una duración de cuatro horas lectivas para los alumnos, así como los cursos de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria en los centros de Educación Primaria y Colegios Rurales Agrupados
. b) El profesorado, además del horario lectivo, cumplirá el horario complementario legalmente establecido.
2. Los días lectivos del mes de septiembre de 2015 hasta el 18, incluido éste, así como los días 30 y 31 de mayo y todos los días lectivos del mes de junio de 2016, los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Secundaria Obligatoria que tuvieran jornada de ma- ñana y tarde, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada de mañana. Dichos centros adecuarán los módulos horarios de la jornada de mañana y tarde para desarrollar la actividad lectiva en jornada continuada de mañana sin que ello suponga realizar una reducción de la misma.
Por otra parte, los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Secundaria que tuvieran jornada de mañana y tarde únicamente podrán reducir la jornada del primer día lectivo de septiembre de 2015.

Décimo.— Los viajes de estudio, así como las salidas y visitas correspondientes a actividades que se vayan a realizar fuera del centro, podrán tener lugar en período lectivo, previa aprobación del Consejo Escolar del centro. La duración de los viajes de estudio no podrá afectar a más de cinco días lectivos y deberá ponerse en conocimiento de la Inspección educativa del respectivo Servicio Provincial.

Undécimo.— Los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a través de la Inspección educativa, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Duodécimo.— Un ejemplar del calendario escolar deberá ser expuesto en el tablón de anuncios o lugar visible de cada centro educativo.

    Zaragoza, 5 de mayo de 2015

                                       . El Director General de Política Educativa y Educación Permanente,
                                                         MANUEL MAGDALENO PEÑA

Excursión de fin de curso

Las personas que deseen acudir a la excursión de fin de curso al parque de atracciones del día 21 de Junio, deberán pasar el miércoles 27 de Mayo de 16:30 a 17:00 por la biblioteca del colegio con el papel de la reserva que se entregó a los niños en clase. El importe de la excursión se abonará en el momento de la reserva.En caso de que no se llegue al número suficiente de personas  para realizar la excursión se avisará a las personas apuntadas para devolverles el dinero.

Recogida solidaria de materia escolar

El miércoles 27 de Mayo a las 16:30 en la biblioteca del colegio recogeremos material escolar (pinturas, lapices, gomas, sacapuntas y cuadernos pequeños) para una escuela de Camerún. Una persona de Sariñena trabaja allí y lo llevará para entregárselo.Si no podéis acudir pero queréis colaborar también puede llevarse a la pizzeria El Portillo en su horario habitual.
Gracias por vuestra colaboración.

13 mayo 2015

Escuela de familias

Os recordamos que el miércoles 13 de Mayo a las 15:00 en el salón de actos del colegio, tendremos la última sesión de la escuela de familias de este curso. El tema será "Leer con nuestros hijos".